Sobre la base de las disposiciones de la Bula de convocación del Jubileo Ordinario del año 2025, Spes non confundit, del 9 de mayo de 2024, que indicaba la importancia de valorizar también a nivel local «espacios de acogida en los que generar esperanza», además de las Puertas Santas y las Iglesias jubilares de Roma, y en base a las Normas sobre la concesión de indulgencias durante el Jubileo Ordinario del año 2025 de la Penitenciaría Apostólica del 13 de mayo de 2024, que identifican entre los lugares de peregrinación sagrada, en circunscripciones eclesiásticas distintas de Roma y Tierra Santa, la «Iglesia Catedral u otras Iglesias y lugares sagrados designados por el Ordinario», el Arzobispo de Turín Card. Roberto Repole ha decretado el 16 de diciembre de 2024 qué iglesias se considerarán Iglesias Jubilares durante la duración del Jubileo Ordinario de 2025, a partir del 29 de diciembre de 2024, para las peregrinaciones sagradas y las visitas piadosas.

En particular, a pocos kilómetros del Colle Don Bosco, en la diócesis de Turín, la «Colegiata de Santa Maria della Scala», también conocida como «Duomo de Chieri», debe considerarse «Iglesia jubilar».

Según las Normas de la Penitenciaría Apostólica, «en cada diócesis, son lugares de piadosa visita, en los que adquirir la indulgencia jubilar, cualquier basílica menor (por ejemplo, la Basílica del Colle Don Bosco! Nota del Editor), Iglesia Catedral, Iglesia Concatedral, Santuario Mariano, así como, en beneficio de los fieles, cualquier Colegiata o Santuario insigne designado por cada Obispo diocesano» y las mismas indulgencias se conceden, en las mismas condiciones, a quienes no pueden participar en celebraciones solemnes, peregrinaciones y visitas piadosas por motivos graves (monjas y monjes de clausura, ancianos, enfermos, presos, así como quienes, en el hospital u otros lugares de asistencia, prestan un servicio continuado a los enfermos).

El Decreto del Arzobispo afirma que la indulgencia jubilar también puede adquirirse «mediante las obras de misericordia y penitencia indicadas en las Normas: participación en Misiones populares, ejercicios espirituales o encuentros de formación sobre los textos del Concilio Vaticano II y del Catecismo de la Iglesia Católica; obras de misericordia corporales y espirituales; visitar durante un tiempo adecuado a nuestros hermanos necesitados o en dificultad (enfermos, presos, ancianos en soledad, discapacitados…); obras de penitencia (especialmente los viernes); obras de carácter religioso o social.»

Una nota final especifica que «otros posibles lugares santos para peregrinaciones y visitas piadosas podrán ser designados para periodos específicos durante el tiempo del Año Santo para satisfacer mejor las necesidades de los fieles».

Publicamos aquí el manifiesto relativo a las peregrinaciones jubilares y a las misas jubilares en la Catedral de Chieri.

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